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Reconocimiento médico laboral

Unidades Móviles
de Salud Laboral

¡Contamos con una completa flota
de clínicas médicas móviles!

10% Descuento

En tu primer servicio

AP PREVENCIÓN
SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO ACREDITADO
POR LA “GENERALITAT DE CATALUNYA” Nº 144/B.






    Responsable del tratamiento:  APTITUDE DIVISION SANITARIA S.L. DPD: PYMELEGAL, S.L. Finalidad: Atender la solicitud del usuario, y en caso de disponer de su consentimiento, mantenerle informado sobre las ofertas y novedades. Legislación: Consentimiento del interesado.
    Cesiones: No se prevén cesiones, excepto por obligación legal o requerimiento judicial. Derechos: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad, revocación del consentimiento. Si considera que el tratamiento de sus datos no se ajusta a la normativa, puede acudir a la Autoridad de Control (www.aepd.es). Información adicional: en nuestra Política de Privacidad.





    Empresa-Responsable-Mediocambiente
    Empresa Socialmente Responsable
    La protección del medioambiente es posible
    con procesos y servicios de gestión
    documental digitales.
    Por eso, los resultados médicos
    se envían por plataforma web
    y no en papel.

    furgoneta-clinica-movil-aptitud-prevencion
    CLINICA-MOVIL-RECONOCIMIENTO-MEDICO-AP
    NUEVA-CLINICA-MOVIL

    Empresa-Responsable-Mediocambiente
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    La protección del medioambiente es posible
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    Por eso, los resultados médicos
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    Clínicas médicas móviles

    Bajas y Accidentes

    laborales
    se evitaron

    Empresas ahorraron

    tiempo
    y dinero

    Horas de

    alquiler en
    Servicio SPA

    R
    Revisiones médicas

     A los trabajadores en la sede de las empresas.

    R
    Reconocimiento médico laboral anual

    Es la mejor forma de detectar posibles dolencias.

    R
    Detectar de forma precoz

    Las enfermedades de las consideradas “invisibles” por su falta de síntomas visibles en sus primeros estadios, como la hipertensión o la diabetes.

    R
    Poblaciones alejadas

    Con el alquiler de unidades móviles para reconocimientos médicos, nos trasladamos a donde no existen Centros Médicos fijos y trasladar al personal supone un coste elevado.

    R
    Servicio

    Destinado no solamente a cualquier empresa que lo requiera para sus trabajadores, sino también para otros Servicios de Prevención que no cuenten con ese recurso.

    .

    Alquiler de unidades móviles para reconocimientos médicos

    CLINICA-MOVIL01-RECONOCIMIENTO-MEDICO
    Clínica Móvil 01
    El servicio puede ser contratado
    con EQUIPO MÉDICO/DUE
    o sin EQUIPO MÉDICO/DUE

    Medidas y Especificaciones

    Largo: 6 metros

    Ancho: 2, 20 metros

    Alto: 3,15 metros

    Especificaciones:
    1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
    2. Espacio necesario para efectuar la descarga del módulo: 10 metros lineales.
    3. Espacio para estacionamiento del módulo: 8 metros.
    4. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.

    nueva-unidad-movil-ap2023
    Nueva Unidad Móvil 
    El servicio se contrata
    con EQUIPO MÉDICO/DUE

    Medidas y Especificaciones

    Largo: 7 metros
    Ancho: 2 metros
    Alto: 3,5 metros

    Especificaciones:
    1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
    2. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.

    UNIDAD-MOVIL-RECONOCIMIENTO-MEDICO-BARCELONA
    Clínica Móvil 02

    Ámbito Cataluña*

     

    El servicio puede ser contratado
    con EQUIPO MÉDICO/DUE
    o sin EQUIPO MÉDICO/DUE

    Ámbito Cataluña*

    En caso de servicio fuera de Cataluña,

    solicitar presupuesto por escrito.

    Medidas y Especificaciones

    Largo: 8.20 metros
    Ancho: 2,50 metros
    Alto: 2,70 metros

    Especificaciones:
    1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
    2. Espacio necesario para efectuar la descarga del módulo: 11 metros lineales.
    3. Espacio para estacionamiento del módulo: 9 metros
    4. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.

    ALQUILER-UNIDAD-MOVIL-BARCELONA
    Clínica Móvil 03

     

     

    El servicio puede ser contratado
    con EQUIPO MÉDICO/DUE
    o sin EQUIPO MÉDICO/DUE

    Medidas y Especificaciones

    Largo: 6 metros

    Ancho: 2, 20 metros

    Alto: 3,15 metros

    Especificaciones:
    1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
    2. Espacio necesario para efectuar la descarga del módulo: 10 metros lineales.
    3. Espacio para estacionamiento del módulo: 8 metros.
    4. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.

    Reconocimiento médico laboral

    ¡Somos Expertos
    en Vigilancia
    de la Salud!

    «Contamos con
    una completa flota
    de Unidades Médicas
    Móviles diseñadas para
    la realización de servicio
    de vigilancia de la salud.»

    Estamos revolucionando
    el Servicio de

    Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
    Servicio de Prevención Propio (SPP)
    y  Servicio de Prevención Mancomunado (SPM)

    Tecnológicamente
    de avanzada

    Despachos médicos y cabina insonorizada acreditada cómo centro sanitario móvil.
    100% garantía de privacidad y de higienización

    Desfibrilador Externo Automático (DEA)

    Nuestras unidades clínicas móviles están equipadas con Desfibrilador Externo Automático (DEA) para actuar ante un accidente cardiaco no deseado.

    Cabina de audiometría insonorizada

    Junto al más completo Kit de valoración: audiómetro, tallímetro, peso y Control Visión

    Área de exploración médica exclusiva

    Para atender a los pacientes en dos partes: la Sala de Atención Médica y la Sala de Enfermería con personal técnico sanitario competente

    Accesibilidad con adaptación
    para acceso a minusválidos

    En el caso, que se requiere contamos con rampas para cada uno de los accesos a la cabina facilitando la entrada y la salida de los pacientes

    Un gestor especializado
    en Salud Laboral
    te llamará

    Déjanos tus datos






      Responsable del tratamiento:  APTITUDE DIVISION SANITARIA S.L. DPD: PYMELEGAL, S.L. Finalidad: Atender la solicitud del usuario, y en caso de disponer de su consentimiento, mantenerle informado sobre las ofertas y novedades. Legislación: Consentimiento del interesado.
      Cesiones: No se prevén cesiones, excepto por obligación legal o requerimiento judicial. Derechos: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad, revocación del consentimiento. Si considera que el tratamiento de sus datos no se ajusta a la normativa, puede acudir a la Autoridad de Control (www.aepd.es). Información adicional: en nuestra Política de Privacidad.





      info@medicinalaboral.es

      933 48 7510

      Calle de la Minería 56, 08038 Barcelona, España

      ¿Por qué elegirnos?

      Misión

      A través del reconocimiento médico laboral, cuidamos de las empresas, velando por la seguridad en sus centros de trabajo y por la salud de las personas

      Visión

      Una aptitud preventiva va más allá del entorno laboral. Trabajamos para impulsar la cultura preventiva en las empresas, pero también en la sociedad en general

      Valores

      Trato Personalizado. Excelencia en el servicio. Apuesta por la tecnología y la innovación

      Entidad Homologada por

      FE-FUNDACION-ESTATAL-PARA-LA FORMACION-EN-EL-EMPLEO
      FMFCE-FUNDACION-DEL-METAL-PARA-LA-FORMACION
      FUNDACION-LABORAL-DE-LA-CONSTRUCCION
      APTITUDE CONSULTING S.L
      Preguntas Frecuentes
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      Acuerdo de colaboración entre los Servicios de Prevención Ajenos (SPA)

      Un acuerdo o convenio de colaboración es un nombre para el tipo de acuerdo que cubre los términos de más de una parte que se reúne para colaborar en un proyecto. El Artículo 6 de la Ley 843/2011, de 17 de junio, permite a los Servicios de Prevención Ajenos (SPA) adoptar acuerdos de colaboración entre sí para la prestación de actividades sanitarias hacia las empresas concertadas. El objeto es dar cobertura efectiva a aquéllas SPA cuyo centros de trabajo no se encuentren, en su totalidad, en el ámbito territorial de actuación del servicio de prevención principal o cuando resulte conveniente por razones de dispersión o lejanía de dichos centros de trabajo respecto del lugar de radicalización de las instalaciones principales del servicio de prevención principal.

      ^

      ¿Cuándo está permitida la subcontratación entre los Servicios de Prevención Ajenos (SPA)?

      El Artículo 9 de la Ley 843/2011, de 17 de junio, señala que las empresas con trabajador designado y los Servicios de Prevencìón Propios (SPP) o mancomunados (SPM), que tengan asumida la especialidad de medicina de trabajo, puedan subcontratar, con un servicio de prevención ajeno (SPA), actividades sanitarias que les corresponde ejercer, cuando se dé la circunstancia de dispersión geográfica o lejanía de alguno de los centros de trabajo de la empresa.

      ^

      ¿Qué es un Servicio de Prevención Ajeno?

      Los Servicios de Prevención Ajenos (SPA) son empresas especializadas, constituidas por un conjunto de medios humanos y materiales, que tienen como objetivo dar soporte al resto de empresas con el fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
      ^

      ¿Qué funciones tiene un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)?

      Las funciones que tiene un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) es la evaluación y análisis de los factores de riesgo de cada uno de los puestos de trabajo que afectan a la seguridad y salud laboral. Diseño en implantación de un plan de prevención de riesgos laborales a medida para integrar la prevención en la empresa.

      ^

      ¿Cuál es el objetivo principal del Real Decreto Ley 843/2011?

      El Real Decreto Ley 843/2011, de 17 de junio, pretende como fin principal el de mejorar la calidad de la actividad sanitaria realizada por los Servicios de Prevención Ajenos (SPA), asegurando unos requisitos mínimos que debe cumplir tal actividad para ser autorizada, potenciando especialmente la vigilancia colectiva de la salud. Así mismo, también tiene como objetivo homogeneizar las acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional.

      ^

      Vigilancia de la Salud como actividad sanitaria principal de los Servicios de Prevención.

      La actividad sanitaria de los Servicios de Prevención incluye, entre otras y como principal actividad, a la Vigilancia de la Salud, que mediante procedimientos adecuadamente validados tiene como objetivo detectar sistemática y regularmente los síntomas y signos precoces de los daños derivados del trabajo, detectar las situaciones de riesgo, así como proponer las medidas preventivas necesarias. La vigilancia de la salud debe estar integrada, por tanto, en la planificación de la actividad preventiva de la empresa

      ^

      ¿Cuándo es obligatorio un Servicio de Prevención Propio?

      Las empresas con más de 500 trabajadores tienen obligatoriedad legal de disponer de un Servicio de Prevención Propio (SPP), así como las empresas entre 250 y 500 trabajadores con determinados riesgos laborales (reseñados en el denominado Anexo I) o si la autoridad laboral así lo exige.

      ^

      ¿Cuándo es obligatorio formar un Comité de seguridad y salud en una empresa?

      El Comité de Seguridad y Salud es el órgano de participación interno de la empresa para la consulta regular y periódica de la política de prevención y debe constituirse en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores/as.

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