Reconocimiento médico laboral
Unidades Móviles
de Salud Laboral
¡Contamos con una completa flota
de clínicas médicas móviles!
10% Descuento
En tu primer servicio
AP PREVENCIÓN
SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO ACREDITADO
POR LA “GENERALITAT DE CATALUNYA” Nº 144/B.
Empresa Socialmente Responsable
La protección del medioambiente es posible
con procesos y servicios de gestión
documental digitales.
Por eso, los resultados médicos
se envían por plataforma web
y no en papel.
Empresa Socialmente Responsable
La protección del medioambiente es posible
con procesos y servicios de gestión
documental digitales.
Por eso, los resultados médicos
se envían por plataforma web
y no en papel.
Clínicas médicas móviles
Bajas y Accidentes
laborales
se evitaron
Empresas ahorraron
tiempo
y dinero
Horas de
alquiler en
Servicio SPA
Revisiones médicas
A los trabajadores en la sede de las empresas.
Reconocimiento médico laboral anual
Es la mejor forma de detectar posibles dolencias.
Detectar de forma precoz
Las enfermedades de las consideradas “invisibles” por su falta de síntomas visibles en sus primeros estadios, como la hipertensión o la diabetes.
Poblaciones alejadas
Con el alquiler de unidades móviles para reconocimientos médicos, nos trasladamos a donde no existen Centros Médicos fijos y trasladar al personal supone un coste elevado.
Servicio
Destinado no solamente a cualquier empresa que lo requiera para sus trabajadores, sino también para otros Servicios de Prevención que no cuenten con ese recurso.
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Alquiler de unidades móviles para reconocimientos médicos
Clínica Móvil 01
con EQUIPO MÉDICO/DUE
o sin EQUIPO MÉDICO/DUE
Medidas y Especificaciones
Largo: 6 metros
Ancho: 2, 20 metros
Alto: 3,15 metros
Especificaciones:
1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
2. Espacio necesario para efectuar la descarga del módulo: 10 metros lineales.
3. Espacio para estacionamiento del módulo: 8 metros.
4. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.
Nueva Unidad Móvil
con EQUIPO MÉDICO/DUE
Medidas y Especificaciones
Ancho: 2 metros
Alto: 3,5 metros
Especificaciones:
1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
2. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.
Clínica Móvil 02
Ámbito Cataluña*
con EQUIPO MÉDICO/DUE
o sin EQUIPO MÉDICO/DUE
Ámbito Cataluña*
En caso de servicio fuera de Cataluña,
solicitar presupuesto por escrito.
Medidas y Especificaciones
Largo: 8.20 metros
Ancho: 2,50 metros
Alto: 2,70 metros
Especificaciones:
1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
2. Espacio necesario para efectuar la descarga del módulo: 11 metros lineales.
3. Espacio para estacionamiento del módulo: 9 metros
4. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.
Clínica Móvil 03
con EQUIPO MÉDICO/DUE
o sin EQUIPO MÉDICO/DUE
Medidas y Especificaciones
Largo: 6 metros
Ancho: 2, 20 metros
Alto: 3,15 metros
Especificaciones:
1. Requiere toma de corriente a menos de 15 metros, de 220V y 20 Amperios.
2. Espacio necesario para efectuar la descarga del módulo: 10 metros lineales.
3. Espacio para estacionamiento del módulo: 8 metros.
4. La Clínica Móvil se tiene que instalar en terreno plano.
Reconocimiento médico laboral
¡Somos Expertos
en Vigilancia
de la Salud!
«Contamos con
una completa flota
de Unidades Médicas
Móviles diseñadas para
la realización de servicio
de vigilancia de la salud.»
el Servicio de
Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
Servicio de Prevención Propio (SPP)
y Servicio de Prevención Mancomunado (SPM)
de avanzada
Despachos médicos y cabina insonorizada acreditada cómo centro sanitario móvil.
100% garantía de privacidad y de higienización
Nuestras unidades clínicas móviles están equipadas con Desfibrilador Externo Automático (DEA) para actuar ante un accidente cardiaco no deseado.
Junto al más completo Kit de valoración: audiómetro, tallímetro, peso y Control Visión
Para atender a los pacientes en dos partes: la Sala de Atención Médica y la Sala de Enfermería con personal técnico sanitario competente
para acceso a minusválidos
En el caso, que se requiere contamos con rampas para cada uno de los accesos a la cabina facilitando la entrada y la salida de los pacientes
Un gestor especializado
en Salud Laboral
te llamará
Déjanos tus datos
info@medicinalaboral.es
933 48 7510
Calle de la Minería 56, 08038 Barcelona, España
Misión
A través del reconocimiento médico laboral, cuidamos de las empresas, velando por la seguridad en sus centros de trabajo y por la salud de las personas
Una aptitud preventiva va más allá del entorno laboral. Trabajamos para impulsar la cultura preventiva en las empresas, pero también en la sociedad en general
Trato Personalizado. Excelencia en el servicio. Apuesta por la tecnología y la innovación
Entidad Homologada por
Acuerdo de colaboración entre los Servicios de Prevención Ajenos (SPA)
Un acuerdo o convenio de colaboración es un nombre para el tipo de acuerdo que cubre los términos de más de una parte que se reúne para colaborar en un proyecto. El Artículo 6 de la Ley 843/2011, de 17 de junio, permite a los Servicios de Prevención Ajenos (SPA) adoptar acuerdos de colaboración entre sí para la prestación de actividades sanitarias hacia las empresas concertadas. El objeto es dar cobertura efectiva a aquéllas SPA cuyo centros de trabajo no se encuentren, en su totalidad, en el ámbito territorial de actuación del servicio de prevención principal o cuando resulte conveniente por razones de dispersión o lejanía de dichos centros de trabajo respecto del lugar de radicalización de las instalaciones principales del servicio de prevención principal.
¿Cuándo está permitida la subcontratación entre los Servicios de Prevención Ajenos (SPA)?
El Artículo 9 de la Ley 843/2011, de 17 de junio, señala que las empresas con trabajador designado y los Servicios de Prevencìón Propios (SPP) o mancomunados (SPM), que tengan asumida la especialidad de medicina de trabajo, puedan subcontratar, con un servicio de prevención ajeno (SPA), actividades sanitarias que les corresponde ejercer, cuando se dé la circunstancia de dispersión geográfica o lejanía de alguno de los centros de trabajo de la empresa.
¿Qué es un Servicio de Prevención Ajeno?
¿Qué funciones tiene un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)?
Las funciones que tiene un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) es la evaluación y análisis de los factores de riesgo de cada uno de los puestos de trabajo que afectan a la seguridad y salud laboral. Diseño en implantación de un plan de prevención de riesgos laborales a medida para integrar la prevención en la empresa.
¿Cuál es el objetivo principal del Real Decreto Ley 843/2011?
El Real Decreto Ley 843/2011, de 17 de junio, pretende como fin principal el de mejorar la calidad de la actividad sanitaria realizada por los Servicios de Prevención Ajenos (SPA), asegurando unos requisitos mínimos que debe cumplir tal actividad para ser autorizada, potenciando especialmente la vigilancia colectiva de la salud. Así mismo, también tiene como objetivo homogeneizar las acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional.
Vigilancia de la Salud como actividad sanitaria principal de los Servicios de Prevención.
La actividad sanitaria de los Servicios de Prevención incluye, entre otras y como principal actividad, a la Vigilancia de la Salud, que mediante procedimientos adecuadamente validados tiene como objetivo detectar sistemática y regularmente los síntomas y signos precoces de los daños derivados del trabajo, detectar las situaciones de riesgo, así como proponer las medidas preventivas necesarias. La vigilancia de la salud debe estar integrada, por tanto, en la planificación de la actividad preventiva de la empresa
¿Cuándo es obligatorio un Servicio de Prevención Propio?
Las empresas con más de 500 trabajadores tienen obligatoriedad legal de disponer de un Servicio de Prevención Propio (SPP), así como las empresas entre 250 y 500 trabajadores con determinados riesgos laborales (reseñados en el denominado Anexo I) o si la autoridad laboral así lo exige.
¿Cuándo es obligatorio formar un Comité de seguridad y salud en una empresa?
El Comité de Seguridad y Salud es el órgano de participación interno de la empresa para la consulta regular y periódica de la política de prevención y debe constituirse en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores/as.